En el camino hacia una economía más sostenible, la Unión Europea ha dado un paso firme que afecta directamente al sector de la hostelería. A través del nuevo Reglamento 2025/40 sobre Envases y Residuos de Envases, Bruselas ha establecido una normativa que restringe el uso de envases de un solo uso en hoteles, bares y restaurantes.
El objetivo es claro: reducir drásticamente los plásticos desechables y fomentar alternativas reutilizables. Aunque la entrada en vigor se ha fijado para el 1 de enero de 2030, los negocios ya deben prepararse para adaptar sus prácticas a esta nueva realidad.
¿Qué tipo de plásticos quedan prohibidos?
La normativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 22 de enero de 2025, detalla en su anexo V los artículos que quedan prohibidos en el sector de la hostelería. El reglamento indica que no se pueden ofrecer envases de plástico de un solo uso para alimentos y bebidas consumidos dentro del establecimiento. Esto incluye vasos y platos desechables, que deben ser reemplazados por opciones reutilizables o permitir al cliente utilizar sus propios recipientes.
Especial atención merecen los productos servidos en porciones individuales, que desaparecerán por completo en locales como cafeterías, restaurantes y hoteles. Hablamos de los sobres de azúcar y leche que acompañan al café, porciones de mantequilla, mermeladas, kétchup, vinagre, mayonesa, entre otros condimentos. También quedan prohibidos los mini botes de cosméticos, geles y champús que tradicionalmente se ofrecen en las habitaciones de hotel.
La base jurídica de esta decisión se encuentra en el Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR), y se alinea con la Ley 7/2022 sobre residuos y suelos contaminados, que define los plásticos de un solo uso como aquellos diseñados sin intención de ser reutilizados en múltiples ciclos.
Excepciones a la norma
Aunque el reglamento europeo es estricto, sí contempla algunas excepciones. Los sobres de condimentos en envases individuales pueden seguir utilizándose cuando los alimentos sean consumidos fuera del establecimiento, es decir, en servicios para llevar o a domicilio. Además, se mantiene su uso en contextos donde la higiene y el cuidado personalizado sean esenciales, como hospitales, clínicas o centros de atención asistida.
Asimismo, los Estados miembros pueden decidir si eximen a las microempresas, siempre que se demuestre la imposibilidad técnica de adoptar alternativas reutilizables o que no se disponga de la infraestructura necesaria para implementarlas.
Estos cambios deben ser aplicados antes del 1 de enero de 2030, aunque la Comisión Europea tiene hasta febrero de 2032 para evaluar el impacto ambiental de la normativa y determinar si las soluciones adoptadas garantizan el mismo nivel de higiene y seguridad que los envases plásticos.